Constitución de Sociedades Anónimas en Panamá: Todo lo que Necesita Saber

¿Está buscando constituir una sociedad anónima en Panamá? Panamá es un centro financiero reconocido por su legislación moderna y su atractivo para empresas internacionales. En este artículo, le explicamos paso a paso cómo cumplir con la Ley 32 de 1927 y las normas de debida diligencia requeridas para garantizar transparencia y cumplimiento con estándares internacionales.

Requisitos Legales para Constituir una Sociedad Anónima en Panamá

  1. Número de suscriptores iniciales
  • Se necesitan al menos dos personas mayores de edad de cualquier nacionalidad.
  • No es necesario residir en Panamá, pero los suscriptores deben cumplir con las normas de identificación establecidas.
  1. Agente Residente
  • Obligatorio para todas las sociedades.
  • Debe ser un abogado o firma legal registrada en Panamá.
  • El agente residente garantiza el cumplimiento de las regulaciones, incluyendo la identificación de los beneficiarios finales.
  1. Pacto Social
    El pacto social debe incluir:
  • Nombre único de la sociedad.
  • Objeto social y actividades principales.
  • Estructura del capital social.
  • Datos de directores, dignatarios y beneficiarios finales.
  • Dirección y duración de la sociedad.
  1. Identificación de Beneficiarios Finales
  • ¿Quién es un beneficiario final? Una persona natural que controla o se beneficia directamente de la sociedad.
  • Requiere la recopilación y validación de documentos oficiales, así como una evaluación de riesgos.

Pasos para la Constitución de Sociedades Anónimas en Panamá

  1. Redacción del Pacto Social
  • El documento debe cumplir con las normas legales locales.
  • Incluye la identificación y registro de beneficiarios finales.
  1. Protocolización ante Notario
  • El documento conocido como pacto social firmado por los suscriptores originales se procolocoliza con los requerimientos exigidos por la Ley 32 de 1927, para ser inscrito en el Registro Público.
  • Documentos emitidos fuera de Panamá deben autenticarse por un consulado panameño.
  1. Inscripción en el Registro Público
  • Proporciona a la sociedad personalidad jurídica.
  • Es el paso final para que pueda operar legalmente.
  1. Verificación de Debida Diligencia
    El agente residente se asegura de:
  • Certificar los datos de accionistas y beneficiarios finales.
  • Monitorear actividades para prevenir el lavado de dinero y el financiamiento del terrorismo.

Obligaciones Posteriores a la Constitución

  1. Mantenimiento de Registros
  • Se requiere un registro actualizado de accionistas, directores y beneficiarios en la oficina del agente residente.
  1. Informes a las Autoridades
  • Actualización de datos periódica a la Superintendencia de Sujetos No Financieros.
  1. Cumplimiento de Normas Antilavado
  • Implementación de controles internos para prevenir actividades ilícitas.

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  • Gestión de registros y cumplimiento continuo.
  • Monitoreo y control de riesgos.

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