Panamá refuerza la transparencia financiera: Conoce las claves del nuevo Decreto Ejecutivo 168 de 2024

1. Contexto General
En la gaceta 30182 de ayer 19 de diciembre de 2024, se publicó el Decreto Ejecutivo 168 de 19 de diciembre de 2024, que reglamenta la Ley 52 de 27 de octubre de 2016, que establece la obligación de mantener registros contables para determinadas personas jurídicas, modificada por la Ley 254 de 11 de noviembre de 2021 y dicta otras disposiciones y de paso deroga la norma anterior Decreto Ejecutivo 258 de 2018.
2. Principales Cambios y Modificaciones
- Clasificación de Personas Jurídicas
- DE 258 (2018): No detalla una clasificación específica de las personas jurídicas.
- DE 168 (2024): Introduce una clasificación más detallada:
- Personas jurídicas panameñas (tenedoras de activos locales con beneficiarios nacionales).
- Personas jurídicas extranjeras (tenedoras de activos dentro/fuera de Panamá con beneficiarios extranjeros).
- Sin operaciones: Clasificación para panameñas y extranjeras sin actividad ni activos.
- Declaraciones y Obligaciones
- DE 258 (2018): Las personas jurídicas deben entregar registros contables cuando los solicite la autoridad competente, diferenciando entre actividades comerciales y tenencia de activos.
- DE 168 (2024): Detalla obligaciones anuales específicas:
- Declaración jurada anual para personas jurídicas panameñas y sin operaciones.
- Estados financieros para personas jurídicas extranjeras, independientemente de su actividad.
- Plazo de entrega: 30 de abril de cada año.
- Rol del Agente Residente
- DE 258 (2018): Se limita a garantizar la custodia y localización de los registros contables.
- DE 168 (2024): Aumenta la responsabilidad del agente residente:
- Debe presentar una declaración jurada anual con una lista de las personas jurídicas que custodia ante la Dirección General de Ingresos (DGI).
- Plazo máximo: 15 de julio de cada año.
- Custodia y Traducción de Registros
- DE 258 (2018): Los registros llevados fuera de Panamá deben traducirse al español solo si son requeridos.
- DE 168 (2024): Mantiene la misma obligación, pero hace énfasis en los plazos de entrega y sanciones por incumplimiento.
- Excepciones
- DE 258 (2018): No menciona excepciones específicas.
- DE 168 (2024): Detalla las excepciones a la obligación de mantener registros contables, incluyendo:
- Empresas contribuyentes en Panamá.
- Empresas listadas en bolsas de valores.
- Entidades gubernamentales y organismos internacionales.
- Armadores de naves bajo la marina mercante panameña.
- Sanciones
- DE 258 (2018): Las sanciones se refieren únicamente a la falta de entrega de información bajo solicitud.
- DE 168 (2024): Hace énfasis en las sanciones de la Ley 52 para aquellos que incumplan con las nuevas obligaciones (certificaciones y declaraciones anuales).
Resumen General
El Decreto Ejecutivo 168 de 2024 moderniza y amplía las disposiciones del Decreto 258 de 2018, introduciendo:
- Una clasificación más detallada de las personas jurídicas.
- Declaraciones y obligaciones anuales específicas.
- Mayor responsabilidad para los agentes residentes.
- Excepciones explícitas y regulación más estricta de plazos y sanciones.
Esto responde a una mayor transparencia y control fiscal, alineándose con estándares internacionales y estableciendo mecanismos más robustos de cumplimiento.